Presentan modelo ciudadano para denunciar incumplimientos a la ley de plásticos de un solo uso

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La normativa cumplió seis meses desde su puesta en marcha. En una primera etapa está prohibida la entrega de bombillas, revolvedores y cubiertos de plástico, además de artículos de plumavit, en establecimientos de expendio de alimentos.

Con el objetivo de que la ciudadanía pueda denunciar incumplimientos a la ley de plásticos de un solo uso de forma más fácil, la organización de conservación marina Oceana Chile y el Ministerio del Medio Ambiente presentaron un modelo de demanda descargable disponible en las páginas web de ambos organismos y que permitirá a cualquier persona recurrir ante el Juzgado de Policía Local. 

La ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, recordó que la ley de plásticos de un solo uso entró en vigencia en febrero de este año y establece, durante su primera etapa, la prohibición de entregar bombillas, revolvedores, palillos y cubiertos de plástico, además de artículos de plumavit, en establecimientos de expendio de alimentos como restaurantes, cafeterías o fuentes de soda. También los supermercados deben vender y recibir bebidas en botellas retornables.

“Queremos avanzar hacia un nuevo modelo de desarrollo. Para eso debemos transitar desde una economía lineal –en la que extraemos, producimos, consumimos y botamos- hacia una circular en la que los materiales no se pierden. Esta ley evita la generación de más de 23 mil toneladas anuales de plásticos de un solo uso y para su éxito es fundamental el apoyo de la ciudadanía”, comentó la ministra Rojas luego de recorrer el café Laik, ubicado en Santiago Centro.

Desde una de las organizaciones impulsoras de esta ley, Oceana Chile, su directora legal, Javiera Calisto, comentó que “el llamado es a que todos los locales de expendio de alimentos cumplan con la normativa, de lo contrario, ya que son los productos más encontrados en las playas, afectando directamente a las especies marinas”. 

Agregó que “por esto, es crucial que a su vez los usuarios tengan las herramientas para denunciar cuando ello no ocurre, ya que lamentablemente aún hay restaurantes, cafeterías y bares que están usando plásticos de un solo uso a seis meses de entrada en vigencia de la ley”.

El incumplimiento de esta normativa genera multas a los locales que van entre 1 UTM a 5 UTM ($58.000 a $293.000) por cada producto entregado que no esté cumpliendo. En el caso de que los supermercados no cuenten con bebidas en formato botella retornable en todos sus canales de venta, serán sancionados con una multa a beneficio municipal de 1 UTM a 20 UTM ($58.000 a $1.175.000) por cada día que se extienda esta situación.

¿Dudas sobre los alcances de la ley?

En las páginas web del Ministerio del Medio Ambiente y de Oceana está disponible un documento que resuelve las principales dudas que existen sobre la ley, desde los artículos que prohíbe, hasta los plazos y multas, entre otros, el que fue trabajado en conjunto con ASIPLA y el Pacto Chileno de los Plásticos.

“En este primer año de publicada la ley de plásticos de un solo uso, como Pacto Chileno de los Plásticos nos hemos dado cuenta de que aún son muchas las dudas en relación a esta normativa que implica cambios en la forma de entrega de alimentos y bebidas, así como de hábitos para la ciudadanía”, explicó Fernanda Valdivieso, directora del Pacto Chileno de los Plásticos. “En este contexto, creemos que el documento con las preguntas y respuestas es un gran aporte para clarificar y aunar criterios a la hora de interpretar los distintos aspectos de la ley, así como para difundir su contenido y obligaciones”, añadió.

Desde ASIPLA, agregan que el problema de la contaminación por residuos es complejo y requiere soluciones integrales y articuladas, por lo que consideran que “la ley que regula los plásticos de un solo uso viene a complementar a la Ley REP en aquellos aspectos que esta política pública no resuelve”, afirmó Magdalena Balcells, Gerenta General de ASIPLA. “Por lo mismo, como asociación estamos muy contentos de haber podido potenciar desde nuestra mirada experta de la industria del plástico, el trabajo realizado por Oceana y el Ministerio del Medio Ambiente, con el fin de facilitar la implementación de esta nueva regulación”, añadió.

Próximas etapas de la ley

Las próximas obligaciones entrarán en vigor en agosto de 2023, cuando todos los almacenes y minimarkets deberán vender y recibir botellas retornables. Luego, en agosto de 2024, quedará prohibida la entrega de cualquier desechable para el consumo dentro de los establecimientos de expendio de alimentos, mientras que todos los plásticos quedarán prohibidos cuando se compre para llevar o delivery, a excepción de ciertos productos que deberán ser de plásticos certificados. Todas las regulaciones regirán también en las dependencias de organismos públicos.

Adicionalmente, todos los supermercados, almacenes y minimarkets deberán exhibir que tienen a la venta al menos un 30% de bebidas en botellas retornables.

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