10 puntos claves que debes saber de la reforma tributaria

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Loreto Pelegrí, socia del área Legal y Tributaria de PwC Chile nos comenta los principales aspectos de la reforma tributaria a tener en consideración.

(1) Aumento de la tasa de los impuestos personales. Impuesto a los sueldos más altos. Se incrementan las tasas de últimos tramos del Impuesto de Global Complementario y de  Segunda Categoría a quienes tengan sueldos mensuales imponibles mayores a $4millones, con lo que la tasa marginal aumenta.

(2) Tasa de impuesto de primera categoría.  La tasa de impuesto de primera categoría se mantiene en 27%, sin embargo se establece una “tasa de desarrollo” a las empresas de 2% de sus utilidades, las que podrán retener íntegramente siempre que se inviertan en gastos que aumenten la productividad de la empresa y de la economía,  como por ejemplo: certificaciones ISO, gastos en I+D, etc.

(3) Desintegración. El sistema dual o semi-dual planteado por el Ejecutivo implica que se establece un nuevo régimen general para las grandes empresas, reemplazando el actual sistema semi integrado. Este sistema separa la tributación de las empresas de la de sus socios y diferencia el tratamiento tributario de los ingresos del trabajo y los del capital.  Se establece un impuesto a las rentas del capital de 22% aplicado sobre los dividendos o retiros efectuados desde una empresa, que podrá ser reliquidado.

(4) Impuesto a las ganancias de capital. Se acaba la tasa preferente de 10% sobre las ganancias de capital provenientes de acciones u otros instrumentos bursátiles que había sido establecida en febrero pasado por la Ley 21.420, y se propone que aumente a 22% con el mismo esquema de reliquidación sobre el IGC.

(5) Impuesto al diferimiento de impuestos finales. . Se introduce una tasa de 1,8% a utilidades retenidas en sociedades de inversión “y otras que perciben sus ingresos de rentas pasivas, la cual será aplicable a empresas cuyos ingresos provienen en más de un 50% de rentas pasivas, tales como dividendos, intereses (salvo instituciones financieras), o arriendos de inmuebles. Se establece que no será aplicable a empresas de carácter operativo.

(6) Se elimina el beneficio por DFL 2. Se termina la exención tributaria por los arriendos que la ley otorgaba a los  propietarios de DFL2, el cual se había limitado a 2 y a contar de este año con efecto retroactivo, por lo que pasarían a estar afectos a impuesto a la renta. 

(7) Impuesto al patrimonio. Una de las más comentadas novedades propuestas en la reforma sería el impuesto a la riqueza. En concreto se propone un impuesto a la riqueza al cual quedan sujetas las personas naturales con domicilio o residencia en Chile, por su patrimonio, tanto en Chile como en el extranjero, que exceda de 5 millones de dólares.Este impuesto será de hasta un 1,8% según tramos que se crean al efecto, siendo exento el primer tramo hasta los US$4,9 millones; con un gravamen de un 1% para el valor que oscila entre 4,9 y 14,7 US$ millones; y de 1,8% sobre este último umbral.

(8) Pymes. Se mantienen los regímenes tributarios para las pequeñas y medianas empresas. Además los nuevos emprendimientos podrán optar a un crédito especial de IVA por el primer año de sus operaciones, que llega al 100% del impuesto determinado por los primeros tres meses, 50% en el siguiente trimestre y 25% en el semestre final.  y la tasa de interés para las deudas tributarias se rebaja al 1%. 

(9) Beneficios tributarios. Se propone deducir de la base imponible del impuesto global complementario los gastos por arriendo que se incurran, con un tope de $450.000 al mes, así también se propone que se puedan descontar gastos asociados al cuidado de personas menores de dos años, y de personas con grados de dependencia severa, con un tope de $550.000 al mes. 

(10) Impuesto sustitutivo. Se establece un impuesto sustitutivo de las rentas acumuladas afectas a impuestos (RAI), como mecanismo transitorio para afectarse con impuestos finales en un sistema dual. El Impuesto Sustitutivo de Utilidades Acumuladas (ISUA) tendrá una tasa especial rebajada de 10% para los años calendarios 2023, 2024 y 2025; y para los años 2026 y 2027 la tasa será de un 12%.     

¿Qué efectos positivos o negativos puede tener la reforma tributaria?

Creo que la situación económica del país es difícil para aprobar e implementar una reforma tributaria de esta envergadura. El principal problema que tenemos es el crecimiento y desarrollo, si tenemos crecimiento negativo o bajo crecimiento, no se generarán más recursos, y no sé cómo afectará esta reforma a la economía del país.  Esa recesión puede ser agravada por la desaceleración que está teniendo el mundo.

El proyecto establece que esta reforma permitirá un aumento gradual de recaudación, llegando a 4,3% del PIB el año 2026 y que, en términos netos –descontando algunos gastos tributarios que la reforma incorpora– la mayor recaudación en régimen se estima en 4,1% del PIB.    En este sentido, si hay recesión, veo muy difícil que se recaude lo que estima el informe financiero.

ECOLÓGICA

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