El domingo pasado entró en vigencia la primera etapa de la regulación a los plásticos de un solo uso que prohíbe entregar bombillas, revolvedores, palillos y cubiertos de plástico, además de productos de plumavit. También, supermercados deben contar con oferta de bebidas en botellas retornables.
Con el objetivo de inspeccionar en terreno el cumplimiento de la ley de plásticos de un solo uso que comenzó a regir el pasado 13 de febrero, el ministro del Medio Ambiente, Javier Naranjo, acompañó a la alcaldesa (s) de Providencia, Carol Vargas, y un equipo fiscalizador de la comuna, a visitar restaurantes del barrio Manuel Montt, constatándose la eliminación de utensilios plásticos innecesarios o el reemplazo por cubiertos reutilizables.
“Los establecimientos de expendio de alimentos –como restaurantes, cafeterías o fuentes de soda, entre otros- tienen prohibido entregar bombillas, revolvedores, palillos y cubiertos de plástico, como parte de la primera etapa de la ley de plásticos de un solo uso. Y acá en Providencia hemos podido ver cómo los locales ya se han adaptado a las exigencias, con una positiva recepción de los clientes, sumado a una labor activa del municipio por educar y fiscalizar”, comentó el titular de Medio Ambiente.
La alcaldesa (s), a su vez, destacó que “en Providencia somos una comuna pionera en la prohibición de plásticos de un solo uso, con la puesta en marcha, el 2019, de una ordenanza que sanciona su uso, y nos sentimos orgullosos de haber impulsado este cambio cultural que busca generar mayor conciencia en torno al cuidado del medioambiente”.
“Los municipios seremos los encargados de fiscalizar el cumplimiento de esta nueva Ley y en Providencia seremos muy estrictos, pero para ello necesitamos el compromiso de los vecinos y, principalmente, de los locatarios”, añadió la autoridad comunal.
Además de la prohibición de algunos utensilios plásticos, también está vigente la prohibición de elementos de plumavit, como, por ejemplo, contenedores. También, los supermercados tienen la obligación de contar con una oferta de bebidas en formato retornable, de materiales distintos del plástico o que sean de plástico certificado de la manera en que lo dispone la ley y su reglamento, así como el deber de recibir este tipo de botellas que lleven los clientes.
La ley contempla sanciones que varían entre una y veinte Unidades Tributarias Mensuales (UTM) dependiendo del tipo de infracción y del producto comercializado. Asimismo, corresponde a las municipalidades fiscalizar el cumplimiento de la ley, mientras que cualquier persona podrá denunciar si ello no ocurre.
De acuerdo a estimaciones realizadas por las ONG Oceana y Plastic Oceans, esta legislación permitirá reducir las más de 23 mil toneladas de plástico de un solo uso que se generan anualmente en Chile.
Nuevas etapas
El ministro Naranjo explicó que la ley consideró una aplicación gradual de nuevas exigencias. Es así que en agosto de 2023 la obligación de ofrecer y recibir botellas retornables se extiende a otros comercios como almacenes o tiendas de conveniencia. “Mientras que en agosto de 2024, ningún local de comida podrá utilizar productos que no sean reutilizables, es decir, no solo queda prohibido al interior del local el uso de cualquier producto plástico, sino que también de cualquier otro material que no sea reutilizable”, detalló.
Para el caso de los servicios de delivery, a partir de 2024 solo podrán utilizar utensilios y envases de plásticos certificados, es decir que estén elaborados a partir de recursos renovables, y que puedan ser compostados. Lo anterior, también aplicará si es el mismo consumidor quien retira los alimentos del local de expendio de alimentos.
Adicionalmente, la autoridad detalló que “todas las botellas plásticas desechables de bebidas que se comercialicen en Chile tendrán que ser elaboradas con un porcentaje de plástico recolectado y reciclado en Chile, promoviendo el reciclaje y generando un profundo cambio en nuestro país, en la lucha para enfrentar la contaminación por plásticos”.