AFP Capital informa sobre paso a paso para nueva pensión anticipada por enfermedad terminal

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La administradora informó que esta ley entrará en vigencia desde el 1 de julio de 2021, pero que a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio se implementará la fase de transición de la ley, que permite acceder a aquellos afiliados con cuidados paliativos en cáncer avanzado y diagnósticos indicados en decreto N°22 y que estén haciendo uso de las Garantías Explícitas en Salud (GES).

Además, AFP Capital ya ha realizado streamings interactivos y otras acciones de comunicación para resolver dudas e inquietudes de esta nueva modalidad de pensión. Junto con ello, dispuso distintas plataformas para que sus afiliados puedan realizar remotamente este trámite.

A partir del jueves 1 de abril comienza la fase de transición de la ley que permitirá a los afiliados a una AFP y a aquellos pensionados por la modalidad de retiro programado, acceder a una pensión anticipada de sus fondos previsionales. Hasta el 30 de junio se implementará esta etapa, que permite acceder a aquellos afiliados con cuidados paliativos en cáncer avanzado y diagnósticos indicados en decreto N°22 y que estén haciendo uso de las Garantías Explícitas en Salud (GES). El resto de las enfermedades denominadas terminales, estipuladas en la ley, se agregan a partir del 1 de julio, de acuerdo con la normativa vigente.

AFP Capital dio a conocer su plan para atender estas solicitudes y acompañar en este proceso a sus afiliados beneficiarios de esta ley, ya sea para resolver dudas, agendar una asesoría o realizar su solicitud. “Hemos habilitado en nuestro sitio web www.afpcapital.cl una modalidad de agendamiento para atender en forma remota a nuestros Clientes y contribuir al cuidado de su salud dado el contexto de pandemia; y otro espacio que es un centro de consultas a través del cual pueden acceder a nuestro formulario y dejarnos sus preguntas o mensaje con sus dudas, también contamos con un número telefónico de call center especial que es el 800 200 111, y además el número de WhatsApp +569 7 924 7372”, explicó Andrea Núñez, gerente de Servicios de AFP Capital.

Así mismo, desde que fue promulgada la ley, la Administradora dispuso una serie de contenido en distintas plataformas para resolver las principales inquietudes y preguntas de los posibles beneficiarios de esta nueva pensión anticipada, streamings interactivos, videos y gráficas explicativas en sus distintos canales y redes sociales que abordan el paso a paso a seguir para solicitar el beneficio y todas las dudas planteadas por los Clientes.

Entre las inquietudes de las personas que ha recibido la Administradora está el cómo se realiza el cálculo de la pensión anticipada. Al respecto se explicó que esta será entregada en 12 cuotas al afiliado beneficiario diagnosticado con una enfermedad o condición grave,

de carácter progresivo o irreversible, pacientes que ya no tienen tratamiento específico para su actual condición o también, cuando los recursos terapéuticos utilizados dejaron de ser eficaces con una expectativa de vida inferior a 12 meses, bajo calificación médica. “Para este cálculo es importante que las personas que accederán a esta ley actualicen la información de sus beneficiarios de sobrevivencia (en caso de que existan beneficiarios) y cuota mortuoria (15 UF), tomando contacto con nuestra Administradora”, señaló Andrea Núñez.

Otro de los temas relevantes para el ingreso de la solicitud, es que el afiliado debe contar con un certificado médico que acredite la condición de salud emitido por la Unidad de Cuidados Paliativos donde se está tratando, que puede enviar dicha unidad a través de la plataforma web disponible para ello, o adjuntar el afiliado cuando ingrese su solicitud de pensión anticipada por enfermedad terminal. Es importante considerar que el proceso comienza una vez que la AFP cuente con la solicitud y el certificado médico validado por la Unidad de Cuidados Paliativos.

¿Cómo realizar el trámite?

Adicionalmente, entre las dudas más recurrentes que ha recibido hasta ahora AFP Capital tiene relación con si aquel afiliado que haya obtenido un Aporte Previsional Solidario (APS) en el Sistema de Pensiones Solidarias o es pensionado por retiro programado puede acceder a la nueva pensión anticipada por enfermedad terminal. Al respecto la Administradora explicó que si sus ahorros financian una pensión mayor a la Pensión Básica Solidaria (PBS) de 80 años, es decir, $169.649, se le informará al afiliado o afiliada las opciones que dispone: retirar Excedente de Libre Disposición “ELD” o ajustar su pensión, para lo cual tiene un período de cuatro días hábiles para informar alguna de estas opciones a la AFP. También se ha consultado con qué ahorros se financia esta pensión anticipada.

De acuerdo con lo establecido en la nueva normativa, se utiliza el saldo de su cuenta obligatoria. Además, el Bono de Reconocimiento, Aporte adicional del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y seguro de Cesantía si corresponde, y de seleccionarlo en su solicitud, el saldo de las cuentas voluntarias (Cuenta 2, APV).

La ejecutiva finalmente realizó un llamado a los Clientes de AFP Capital a realizar sus consultas y trámites relacionados con este y otros temas en forma digital para que lo hagan desde sus hogares de manera simple y segura.

¿Dónde encontrar contenido disponible sobre la nueva ley?

Sitio web www.afpcapital.cl

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