La entrega de información Ambiental, Social y de Gobierno Corporativo (ESG) de las empresas es una condición necesaria para el mercado. Esto ha hecho que la CMF haya ido avanzando en distintas normativas para avanzar en mayor información pública sobre ámbitos de sostenibilidad (Como las normas N°385 y N°386).
En conversación con Diario Sustentable, Patricio Valenzuela Concha, Intendente de Regulación del Mercado de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) hace un llamado a participar en las mesas consultivas que se realizarán para aclarar dudas y escuchar opiniones y sugerencias por los cambios regulatorios que podrían llegar sobre la información pública de las empresas en temas de sostenibilidad.
“Desde hace un tiempo tomamos conocimiento como reguladores de la relevancia que le estaban dando distintos inversionistas a nivel internacional y local a la información social, ambiental y de gobernanza. Eso motivó la emisión de normas como la 385 y 386, en que abordamos la entrega de este tipo de información”, señaló Valenzuela.
¿Qué es la norma N° 386?
Norma de Carácter General (NCG) N° 386, amplía y perfecciona la información exigida en el Reporte de Responsabilidad Social y Desarrollo Sostenible que, las empresas que transan en la Bolsa de Valores de Santiago o emisores de valores deben incluir anualmente a través de documentos de circulación pública. Con esto se busca proveer al mercado, particularmente a los inversionistas, de información necesaria para sus decisiones de inversión.
¿Cuáles son los principales cambios que traería la nueva norma 386 de la CMF?
Principalmente, ahondamos en temáticas ambientales y sociales, entendiendo que estas variables son relevantes para los inversionistas y un complemento de las prácticas de gobierno corporativo. Las empresas deberán incluir esa información ESG en un título especial en su memoria anual que deben presentan cada año a la CMF.
¿Cuál es la diferencia entre priorizar la materialidad frente a la comparabilidad del tipo de información que las empresas debieran publicar?
Ambas condiciones no son tan compatibles entre sí. En la materialidad cada entidad define que entrega y reporta en función de su propio análisis, mientras que en la comparabilidad privilegiamos que difundan toda la información por igual y que sea el inversionista el que defina lo que es material para cada caso.
¿Qué enfoque tendría la nueva norma 386?
Por lo pronto, en la 385 nos hemos ido por materialidad y en la 386 por comparabilidad. Hasta el momento se tomó la decisión de trabajar esas normas por separado. Pero ello es parte de la discusión y siempre hay espacio para a evaluar si las dos líneas por ahora separadas debieran estar juntas. La CMF está evaluando como compatibilizar materialidad y comparabilidad, ambas deseables para el inversor. Puede que ello se traduzca en algún momento la definición de que las empresas reproduzcan esto en un reporte de sostenibilidad o memoria integrada.
Muchas empresas chilenas reportan de acuerdo a estándares internacionales como DJSI. ¿Cómo las normas de la CMF se pueden alinear a esos procesos?
Hemos trabajado para evitar exigencias que duplican esfuerzos sin beneficios claros. Hemos estado en coordinación con distintos Ministerios ya que ellos también avanzan en estándares de reportabilidad para sus propios temas. A veces los estándares no son tan consistentes entre sí, porque cumplen finalidades que pueden ser distintas. En este sentido, la CMF analiza todos esos estándares y se coordina con otros reguladores extranjeros -por ejemplo, a través de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) en ámbito del mercado de valores- y otros organismos públicos nacionales. IOSCO es un órgano de cooperación internacional que reúne a los reguladores de mercados de valores del mundo.
Esta norma establece exigencias de información para los inversionistas, entonces obviamente es relevante saber qué tipo de información están mirando los inversionistas a nivel local e internacional, a objeto que cumpla adecuadamente su objetivo.
Para ello se revisaron varias iniciativas internacionales y nacionales, e información que empresas ponían a disposición de los inversionistas. La idea era iniciar el debate público a partir de información que ya estuvieran reportando algunas empresas y no algo tan distinto o costoso. También se trató de generar una propuesta acorde a estándares internacionales, aunque de esa revisión observamos diferencias entre estándares que debieran cumplir la misma finalidad. No es tan simple encontrar una solución que dé coherencia o uniformidad a esos estándares, ya que a veces el fin que le vas a dar a la información justifica la forma en la que la requieres. Por ejemplo, el inversionista usa la información para adoptar definiciones de inversión, mientras que algunos organismos del Estado para elaborar políticas públicas, y la propia empresa para sus definiciones estratégicas.
¿Está el mercado preparado para entender los resultados de los indicadores?
Cada vez que establecemos nuevas exigencias de información nos hacemos esa pregunta, pero la respuesta no es tan simple. Los inversionistas, al igual que reguladores y empresas, estamos en un proceso continuo de aprendizaje.
Si me preguntas qué miraba el inversionista hace dos años atrás, no es lo mismo que mira hoy y cada vez ha sido creciente la relevancia que le están dando a las temáticas ESG. Por ello es importante el rol que cumplen las entidades que procesan la información y generan productos que facilitan la decisión a los inversionistas. Más aún cuando hay mucha información compleja disponible.
¿Cuáles son los principales beneficios que esperan lograr con la reforma a la N.386?
Reducción de asimetría de información: El inversor va a poder conocer aquellas empresas que mejor se cubren sus necesidades en cuanto a disponibilidad de datos.
Alineación a las tendencias globales: Como mercado se mantienen condiciones que nos hacen atractivos o competitivos, y ello nos permite seguir siendo visibles en el ámbito internacional.
Fortalecimiento a los emisores locales. Al haber más grupos de interés atentos a la información que entrega la empresa, ésta misma se esfuerza por mejorar y dar respuesta a aquéllos. Los grupos de interés y empresas, en conjunto, pueden adoptar mejores decisiones estratégicas.
Las tres dimensiones de indicadores que aplicarían en la reforma a la N. 386: Indicadores Económicos: incluye indicadores respecto a la relación de la entidad con sus proveedores, específicamente las condiciones de pago y si en la selección de aquellos se tuviere en cuenta criterios ambientales y/o sociales, así como también el compromiso y los esfuerzos que la entidad tuviere en materia de prevención de la corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo y competencia desleal. Indicadores Medioambientales: corresponde a información que permita a los inversionistas evaluar los impactos que la entidad genera en el medio ambiente. Por ello se incorporan políticas, programas e indicadores que dan cuenta de iniciativas, inversiones y metas relacionadas con el consumo y la producción de materiales, insumos y energías, renovables y no renovables, reciclables y reciclados, que tengan un impacto medioambiental generado por la entidad. Indicadores Sociales: se refieren a indicadores de diversidad, derechos, seguridad y beneficios de las personas que trabajan en la entidad, así como también a los esfuerzos que la entidad hubiere efectuado para colaborar en el desarrollo de sus trabajadores. |