Por: Jorge Miralles, Socio en Acordia Mediación
Los criterios ambientales, sociales y de gobernanza son cada vez más relevantes en la selección y gestión de las inversiones, según las declaraciones de responsables de Gestión de la Cartera de Clientes de fondos de pensiones, que afirman que cada vez de forma más activa incorporan estos criterios de sostenibilidad en sus inversiones.
En materia de inversión socialmente responsable existen numerosas guías y directrices, entre las que cabe destacar los diez principios de la Iniciativa del Pacto Mundial de Naciones Unidas, (UNPRI ) ya que son estos los que especialmente suscriben las gestoras de Fondos de Inversión y SICAV (IIC`s) sobre cuyas normas basan sus políticas de inversión socialmente responsables.
En Acordia Mediación pensamos que en el Primer Principio donde se desarrollan las cuestiones Ambientales, Sociales y de Gobierno Corporativo (ASG) para el análisis de inversión y los procesos de toma de decisiones, uno de los criterios de buena gobernanza de alto interés para las empresas, que supone una aportación de valor, es la incorporación de los procedimientos ADR como la Mediación, para la resolución de los conflictos, como alternativa a la vía judicial.
La resolución de desacuerdos, disputas, conflictos por el sistema ADR de la Mediación, supone una reducción importante de los costes de litigación, una disminución de los tiempos de resolución de las disputas, el mantenimiento de la confidencialidad sobre los conflictos, y la posibilidad de mantener las relaciones comerciales y profesionales cuando se considera primordial.
El compromiso de muchas de las gestoras de fondos de pensiones de integrar los criterios ASG, además de los demás criterios financieros tradicionales, en sus procesos toma de decisión a la hora de invertir está provocando una creciente demanda de productos y servicios que satisfagan esa necesidad. Es precisamente en este punto donde Acordia Mediación propone a los gestores un indicador íntimamente relacionado con los criterios ASG y la rentabilidad, nos referimos al grado de litigiosidad de las compañía.
El indicador del grado de litigiosidad, es una expresión cuantificada de cómo afronta la compañía la resolución de sus conflictos, que de forma natural se van a producir tanto en su propio funcionamiento, como en la relación con sus grupos de interés.
Por tanto la utilización de un sistema ADR de Mediación, como es el modelo aplicado por Acordia Mediación, en diferentes compañías para resolver sus conflictos como vía alternativa a la vía judicial, permite una reducción significativa de los pleitos, que se verá representada por un bajo índice de litigiosidad, que se traduce de forma inmediata, como hemos dicho antes, en una reducción de costes legales, y un acortamiento importante en los plazos de resolución, que podemos resumir en una eficaz contribución a la sostenibilidad de la misma.
Si la sostenibilidad corporativa es la capacidad de una empresa para poder prosperar en un entorno empresarial competitivo, global y cambiante, creando ventajas competitivas y de valor a largo plazo, estamos convencidos por la experiencia demostrada de más de 40 años en el mundo anglosajón, que las empresas que incorporan el sistema ADR de Mediación en su cultura de resolución de conflictos, mejoran su capacidad de generar valor para los accionistas a largo plazo.
Podemos concluir que para los inversores un punto de referencia importante para medir el desarrollo de las empresas más sostenibles, debe incluir dentro de sus indicadores para la valoración de una ISR, el índice de litigiosidad, como expresión de una inversión atractiva que recoge las dos condiciones necesarias: cumple con criterios ASG y que la aplicación del sistema ADR de la Mediación es un elemento que mejora la rentabilidad, aportando valor a la gobernanza de las compañías, reforzando y garantizando la sostenibilidad de las mismas.
Las inversiones socialmente responsables que utilizan la mediación, mejoran su rentabilidad
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